Transparencia y buen gobieno

Nuestro código de conducta

Este código ético establece, sin tener obligación legal para ello las reglas y principios que definen el sentido de INNOVAÉTICA mediante orientaciones, pautas y puntos de referencia para su buen funcionamiento, para la resolución de dilemas éticos y también para dar a conocer a la sociedad y a nuestros grupos de interés nuestro “modo de ser” o “carácter”.

La versión publica de nuestro Código recoge solamente los elementos principales del documento original, habiéndose sintetizado aquellos aspectos más reglamentarios y administrativos que solo tienen interés en su operativa interna y se estructura en dos partes:

1) Deontología: reglas de conducta para los trabajadores y colaboradores de Innovaética

Regla de conducta relacionada con los Derechos Humano

Regla relacionada con los Derechos Socio laborales, la conducta profesional y la convivencia

  • Impulso y promoción de los ODS.
  •  No discriminación.
  • Promovemos el enfoque de género, la equidad e igualdad entre hombres y mujeres.
  • Conducta sexual: queda terminantemente prohibida en cualquiera de sus formas el abuso o acoso físico, sexual, psicológico o verbal.
  • Observar estrictamente las leyes autonómicas, nacionales, comunitarias e internacionales que sean de aplicación a INNOVAÉTICA.
  • Respetar y promover las principales convenciones de la OIT sobre derechos socio laborales básicos, especialmente cuando INNOVAÉTICA desarrolle su actividad en países en donde tales derechos resulten especialmente vulnerables.

2) Sistema de Gestión socialmente responsable

Aplicabilidad

Mecanismos de revisión, comprensión y cumplimiento

Éste código de conducta es aplicable a todos los trabajadores y colaboradores de INNOVAÉTICA y más concretamente a los siguientes grupos durante todo el tiempo que dure la relación contractual o convencional:

 INNOVAÉTICA desarrollará e implementará un sistema de control de cumplimiento normativo (compliance) que supervise, garantice y revise la aplicación práctica y el impacto de este código:

  • Personal asalariado en todas las empresas y organizaciones del grupo
  • Socios de las empresas u organizaciones del grupo.
  •  Vicepresidentes de su asociación.
  •  Miembros del consejo académico.
  • Voluntarios y estudiantes en prácticas.
  • Contrapartes con las que INNOVAÉTICA pueda co-ejecutar proyectos.
  • Otras personas no vinculadas contractual o convencionalmente con INNOVAÉTICA y que, sin embargo, colaboren (aunque sea provisionalmente) en alguno de nuestros proyectos.
  • INNOVAÉTICA creará un Comité de Ética, de entre 3 y 6 miembros (internos y externos), cuyas funciones serán: asesorar y orientar, revisar y proponer mejoras a los órganos de gobierno, analizar los conflictos más recurrentes y sus soluciones más efectivas y promover los principios y valores de INNOVAÉTICA.
  •  INNOVAÉTICA se compromete a desarrollar paulatinamente un sistema de gestión ética que sea compatible con alguna de las certificaciones o auditorias más relevantes en este ámbito, tales como la SGE-21 FORETICA o la RS10 AENOR entre otras.
  •  El Comité de Ética no tiene carácter sancionador, aunque puede realizar propuestas de actuación a los departamentos o personas implicadas.

Nuestros stakeholders: alianzas y convenios